INTRO
Solidaridad se compromete a operar con integridad y respeto hacia las personas, tanto interna como externamente en el desempeño de las actividades. Una buena reputación y confiabilidad del personal deben ser mantenidas. Esto requiere un alto nivel, equilibrando los objetivos a corto y largo plazo, y teniendo en cuenta los intereses de los socios y donantes con los que trabajamos y el complejo mundo en que vivimos. Todos los representantes de Solidaridad están actuando con respeto e integridad, como se pretende y se prescribe en el presente Código de Buena Conducta y Prácticas.
El presente Código de Buena Conducta y Prácticas guiará el desarrollo de las políticas y procedimientos de Solidaridad para la buena conducta y las prácticas que también necesitan estar en conformidad con las disposiciones de las Constituciones y leyes regionales y locales. Este documento no puede ser interpretado como un contrato por ley y por lo tanto sirve como base para repercusiones legales de la gestión y el personal cuando los valores y principios no están siendo protegidos.
Este documento abarca los valores del respeto e integridad. Se espera que todos los Centros de Especialización Regional de Solidaridad desarrollen este tipo de políticas en línea con este documento para permitir la adjudicación, la ejecución y la gestión de los principios fundamentales. Los acuerdos laborales y contratos de consultoría deben contener las sanciones que estén de acuerdo a la legislación local.
En primer lugar, se describen el alcance, tiempo y lugar para definir su aplicabilidad. En segundo lugar, los tipos de mala conducta se enlistan para salvaguardar una actitud, toma de decisiones y conducta profesional. Por último, un procedimiento de denuncia se describe e incluye un informe de incumplimiento para la investigación de una presunta reclamación, consecuencias y la confidencialidad de la persona que informa.
1. Valores y principios
Se espera que los representantes de Solidaridad muestren respeto y sensibilidad cultural a cualquier persona, (incluyendo colegas), en alineación con los valores y principios de la organización.
La conducta de acuerdo a los valores y principios de Solidaridad se definen abajo:
1.a Los representantes de Solidaridad mostrarán respeto a todos, no importa qué género, religión, creencias, pertenencia étnica, raza, estado civil o unión civil, embarazo y maternidad, nacionalidad, posición social, posición económica, discapacidad, edad, sexo, orientación sexual o identidad de género o reasignación.
1.b Representantes de Solidaridad mostrarán integridad en todas las actividades y las comunicaciones con socios y partes interesadas.
1.c Representantes de Solidaridad contribuirán a un ambiente de trabajo seguro y saludable.
1.d Representantes de Solidaridad mantienen los valores de sostenibilidad en su trabajo y sus actividades cotidianas. Solidaridad defiende los valores socio-económicos, es decir, igualdad de oportunidades laborales, compensación equitativa y gestión de los recursos humanos. Solidaridad defiende los valores ambientales es decir, la atenuación del uso de agua, energía y emisiones de carbono por la política de vuelo, prácticas de impresión sostenible, y estimulación del uso del transporte eléctrico y público.
2. Alcance
Se incluyen todos los representantes de Solidaridad, que son:
2.a Los miembros del Comité de Supervisión Continental (CSBS) y el Comité Internacional de Supervisión (ISB).
2.b Los empleados que trabajan para Solidaridad que abarcan los Centros de Especialización Regional y la Secretaría de red Internacional de Solidaridad- un contrato de trabajo.
2.c Los consultores que trabajan dentro de Solidaridad – un contrato por un período determinado en el que el consultor no es parte de la organización, pero realiza actividades de la organización en la administración, financiación, comunicación y / o de dirección en forma regular o continuo.
2.d Voluntarios – sin contrato de trabajo, pero realizar actividades laborales de la organización en forma regular o continuo.
2.e Internos – Un contrato de prácticas.
Se excluyen los consultores y socios que trabajan para Solidaridad, pero no en representación de la misma. Para aquellas partes, un código de conducta es aplicable para no divulgar información y realizar buenas prácticas. Esto se puede incluir en un contrato con el consultor o socio.
3. Cuando y donde se aplica
El código es aplicable cuando:
3.a El personal está laborando en la oficina o cuando los viajes de negocios se realizan dentro del país o en el extranjero o en cualquier situación en la que una persona representa a Solidaridad hablando o actuando en su nombre en forma escrita, oral o de vídeo. En caso de un viaje de negocios, este Código se aplica durante todo el viaje, desde la salida hasta la llegada.
3.b En un sentido más amplio, es aplicable en todo momento, cuando se está o no laborando, cuando la actitud o el comportamiento de un representante de Solidaridad podrían reflejar positivamente o negativamente a la organización.
3.c Representantes de Solidaridad están obligados a cumplir con las leyes y reglamentos locales. Cuando este Código establece una norma más estricta que la legislación local, este Código prevalecerá.
3.d Cuando un representante de Solidaridad, como individuo, está sujeto a más de un código de buena conducta y de prácticas, el representante deberá tener en cuenta las expectativas de todos. Un representante Solidaridad entiende que este Código no pretende entrar en conflicto con otros códigos de conducta, y discutirá los posibles conflictos con el Director General (DG), el Director Ejecutivo (DE) o la ISB.
4. Tipos de mala conducta
Los representantes de Solidaridad deben abstenerse de todo acto de mala conducta. El código se refiere a los siguientes tipos de conducta:
4.a. Abuso físico, verbal y sexual
El abuso físico es a menudo la forma más fácil de reconocer el abuso. El abuso físico puede ser cualquier tipo de golpe, sacudo, quemado, pellizco, mordida, estrangulamiento, lanzamiento, golpe, o cualquier otra acción que cause daño físico, deje cicatrices o cause dolor.
El abuso verbal es descrito como una declaración negativa hecha a una persona o de una persona. Es un patrón de palabras, declaraciones o comentarios que aíslan emocionalmente y mentalmente a una persona en el entorno laboral. Ejemplos de abuso verbal es cuando se expresan amenazas, insultos, burlas y chismes.
El abuso sexual es cualquier tipo de explotación y / o contacto sexual entre un adulto y cualquier persona menor de 18 años, o si una persona domina a otra, independientemente de la edad (según la percepción del dominado).
4.b Todas las formas de hostilidad, intimidación y / o acoso sexual
El acoso sexual incluye toda forma de lenguaje corporal o verbal que se percibe como una forma de acoso sexual por parte de la persona acosada. Este tipo de comportamiento no será tolerado y se debe evitar en todo momento. Aunque no siempre se llega al nivel de acoso o abuso, puede, no obstante, crear un clima de malestar, hostilidad o de intimidación, que tampoco se tolera. Además el acoso puede incluir:
- Propuestas sexuales no deseadas
- Ofrecer beneficios de empleo a cambio de favores sexuales
- Amenazar con represalias (actuar o transmitir), después de una respuesta negativa a proposiciones sexuales.
4.c Contacto Sexual
Esto involucra el contacto deseado y no deseado en una relación profesional o contexto de cualquier tipo, el cual no haya sido abordado ya en 4a y 4b.
4.d Discriminación
La discriminación abarca hacer una distinción entre la gente y darles un trato distinto en función de su clase o categoría en lugar del mérito individual.
4.e Hurto de elementos físicos y la propiedad intelectual
Robo abarca asalto, hurto y / o robo de objetos tangibles que pertenecen a los representantes de Solidaridad y a Solidaridad, incluyendo pero no limitado a equipos de oficina, planes, informes y recursos financieros.La propiedad intelectual son activos intangibles de los representantes de Solidaridad y Solidaridad como (innovadores) conceptos, invenciones, prácticas, herramientas, símbolos, logotipos y diseños con o sin derechos de propiedad o marca registrada.
4.f Uso inapropiado de activos
El uso inadecuado de los activos, ya sea tangible o intangible es la utilización para cualquier finalidad distinta de la necesaria para realizar las actividades del día a día. Los sistemas informáticos no son para ser utilizados con fines ilegales o impropios a otros. Además, se deben tomar medidas predeterminadas para evitar que la información en él de fuga o que los forasteros tengan acceso a los sistemas informáticos.
4.g Uso inapropiado del e-mail/internet/redes sociales
El uso inapropiado del correo electrónico / redes sociales implica cualquier uso que no sea en apoyo de las actividades del día a día. Esto incluye el acceso a los canales de comunicación provocativas, lenguaje abusivo y / u ofensivo en correspondencia por correo electrónico y / o conversaciones de redes sociales.
4.h Conflicto de interés
Un conflicto de intereses puede surgir cuando se llevan a cabo actividades que puedan poner en peligro los intereses de Solidaridad. Esto puede ser cualquier posición formal y / o informal en la política, los negocios, la sociedad civil o asunto privado. Sin obtener el permiso previo de Solidaridad (DG y / o en caso el DG de la CSB, o en el caso DE de la ISB), usted no debe realizar ninguna actividad ni asumir ninguna posición que pueda estar en conflicto con los intereses de Solidaridad
Cuando esta situación se está desarrollando fuera de su ámbito de control, por ejemplo a través de la intimidación por compañeros de trabajo, socios de negocios, políticos, medios de comunicación, o la familiaridad, esto debe ser reportado inmediatamente al DG,DE, o ISB para la acción apropiada.
Todas las posiciones formales e informales de los directores se hacen públicas al final de cada año.
4.i Nepotismo, abuso de poder
Esto se relaciona con un mal uso o abuso de su posición o poder, o cualquier información adquirida o derivada en el curso de sus deberes, para perseguir intereses privados o los de usted o los de su familia, amigos, o (ex) asociados
4.j Fraude
Un fraude es un engaño intencional hecho para obtener beneficios personales o dañar a otra persona.
4.k Soborno
Un soborno es cualquier intercambio de regalos o gratificaciones que podrían ser percibidas como algo inapropiado y que esté destinado a influir en la conducta del receptor. La aceptación y / u ofrecimiento de un soborno están prohibidos. Cuando un soborno se le ofrece a usted, siempre informar a DG, DE o ISB.
Un soborno puede ser dinero, propiedad, preferencia, privilegio, sueldo, objeto de valor, ventaja, o simplemente una promesa o compromiso para inducir o influir en la acción, voto, o la influencia de una persona en un funcionario o (semi) capacidad pública.
Aceptar o dar un regalo o gratificación con un valor de hasta 40 euros está permitido bajo la condición que se informe y se apruebe por el DG, DE o ISB. Regalos o gratificaciones que se espera sean aprobados son el intercambio normal de regalos entre amigos o compañeros de trabajo, o el intercambio como parte de un protocolo.
4.l Violar la confidencialidad
La información confidencial es cualquier información no pública relativa a una persona natural o jurídica que se desea se mantenga restringida a sólo a los que tienen la autoridad de utilizar dicha información otorgada por las personas naturales o jurídicas. Esto incluye información y publicaciones en cualquier forma con respecto al salario, dotación de personal, empleados y datos personales, las estrategias, la planificación y la presentación de informes, proyectos y programación, la financiación, las asociaciones, conocimiento, herramientas y otra propiedad intelectual, en particular detalles sujetos a un acuerdo de no divulgación (AND).
La divulgación de información confidencial se considera una violación a menos sea solicitado por orden judicial, requerido por la ley o un consejo de supervisión. El secreto sobre las prácticas criminales nunca está sujeta a la confidencialidad. Cuando la confidencialidad se considera apropiada, medidas deben ser tomadas y salvaguardar que esa confidencialidad no sea violada. Los representantes de Solidaridad deben cumplir con los protocolos que guían la recolección, almacenamiento, uso, transmisión y divulgación de información.
4.m Tergiversación de la organización u otro miembro del personal
Se trata de una tergiversación y / o suplantación de otro miembro del personal, o una representación falsa de Solidaridad que pueda dañar la reputación e integridad.
4.n Uso de drogas
Las drogas, sin incluir los medicamentos, están prohibidas. La posesión y uso de drogas en el lugar de trabajo están prohibidos.
4.o (Mal) uso de alcohol
El uso o posesión de alcohol, en el lugar de trabajo o cualquier otro lugar durante las horas de trabajo, está prohibido. Las excepciones sólo se pueden realizar con la aprobación explícita del DG, DE o la ISB de Solidaridad. El mal uso de alcohol en esas ocasiones está prohibido.
4.p Uso de tabaco
Fumar tabaco en forma de cigarrillos o puros dentro de los locales de Solidaridad está prohibido, a menos que se hayan asignado zonas para fumadores. Fumar fuera de las oficinas y fumar en las zonas de fumadores nunca debe molestar a los compañeros de trabajo y terceros.
4.q Conducta poco profesional
Conducta no profesional se refiere a cualquier tipo de actitud, decisión o comportamiento no mencionado anteriormente, que potencialmente pueden causar daño a la reputación de la organización y o buena situación y / o llevar a la organización al descrédito.
5. Consecuencias
5.a Las consecuencias de participar en una conducta que viole esta política o cualquier norma de este Código son motivo de acciones disciplinarias, hasta e incluyendo el despido. Cuando se ha producido un delito, esto será denunciado a las autoridades locales
5.b Además de las medidas disciplinarias, hasta e incluyendo el despido, será tomado en contra de los representantes de Solidaridad en las siguientes situaciones:
- por no dar seguimiento a un informe de una sospecha o la mala conducta;
- por tomar represalias contra un colega que informa de las preocupaciones o de otra manera coopera con una investigación;
- por informar maliciosa y falsamente faltas de conducta; y
- por no cooperar plenamente con una investigación.
5.c Ninguna acción de cualquier tipo incluyendo acciones disciplinarias se tomará en contra de un representante de Solidaridad, si este informa inquietudes, en buena fe. Un representante Solidaridad que informa inquietudes de buena fe, debe ser protegido de las consecuencias negativas directas o indirectas (por ejemplo, la intimidación, acoso, violencia, descarga, etc).
5.d Los representantes de Solidaridad que incumplan o hayan incumplido el código pueden ser denunciados con el DG o en caso al DE. Los miembros de la CSB y el DE pueden informar a la ISB. Esto no excusa al incumplimiento de este código con alguna intención equivocada, mala acción ni de las acciones disciplinarias o informes a las autoridades locales.
6. Procedimiento de Reporte
Reporte
6.a Cuando este Código es incumplido o una inquietud se plantea, debe informar a su gerente, al consejero de la empresa o al DG por escrito. Si, por buenas razones, no puede realizar cualquiera de estos, usted debe ponerse en contacto por escrito con el DE del Network. El DG informa a la CSB. El DG a la ISB
6.b La presentación de informes debe hacerse inmediatamente o tan pronto como sea posible sin poner en peligro a sí mismo, compañeros de trabajo o los transeúntes.
6.c La presentación de informes que se presentan después de un año, alegando presunta mala conducta, siempre serán considerados. Corresponde a la discreción del Director / Comité, considerar la mala conducta reportada después de un año de ocurrencia.
6.d La presentación de informes debe ser por escrito, no anónima y debe abordar (si se conoce):
- Tipo de mala conducta; y la descripción concreta.
- Representante (s) de Solidaridad involucrados.
- Fecha y período de incumplimiento del Código de Conducta.
- Siempre con evidencia en forma de documentos / testigos/ en apoyo del incumplimiento del código.
Investigación
Gerencia/Comité recibe un informe de la preocupación por la mala conducta, este informará primero al director, de acuerdo a la línea informe. Juntos van a decidir quién va a investigar las inquietudes planteadas.
6.e Se nombrará a un investigador y (testigo) a una tercera parte y juntos formarán un comité de investigación.
6.f La persona que informó sobre la mala conducta será contactada por el investigador para su posterior elaboración del informe y sobre cualquier preocupación que justifique pruebas.
6.g La(s) persona (s) acusadas de mala conducta serán entrevistadas por el comité de investigación y se les permitirá defenderse de la acusación. Una copia de la queja escrita contra él / ella debe ponerse a disposición de la persona acusada, al menos, un día antes de la entrevista. La persona que entreviste no será conocida por el acusado/a.
6.h Cuando sea posible y disponible, los actores relevantes serán entrevistados por el comité de investigación en apoyo de la notificación o personas (s) acusada/s.
6.i El comité de investigación concluirá de acuerdo a cómo se haya incumplido con el Código.
6.j El investigador informará a gerencia y director/comité de los resultados y conclusión.
6.k El director/ comité decidirá y dará seguimiento a las medidas disciplinarias, hasta e incluyendo el despido cuando el Código haya sido incumplido.
6.l Cuando el código no haya sido incumplido este será informado a las personas involucradas.
6.m En caso que esto plantee una preocupación por una denuncia falsa y maliciosa, una investigación se iniciará para evaluar la naturaleza de esta.
Política de Confidencialidad (mala) conducta
6.n Una vez concluida la investigación, el personal será informado de las preocupaciones, hallazgos, conclusiones, si el código ha sido incumplido y en caso, de las medidas disciplinarias tomadas. Cuando el código no ha infringido, se requiere el permiso de la persona (s) acusada (s) para la revelación de hechos. Esto no es necesario si el Código ha sido violado.
6.o En ningún momento durante o después del proceso de investigación tendrá que darse a conocer a alguien que no sea la persona que recibió el informe inicial y el investigador que hizo el informe sobre una posible mala conducta, a menos que el informe se haya considerado malicioso y falso en un procedimiento de investigación.
AFIRMACIÓN
El Código de Buena Conducta y Prácticas de Solidaridad Network se introdujo en el año 2013, aprobado por el Consejo Ejecutivo de Directores de Solidaridad Network el 24 de abril de 2013, aprobado por ISB en 2013, y aprobado por la CSBs de Latinoamérica, África y Asia en 2014. El código se reafirma cada año por el Consejo Ejecutivo de Directores para asegurar que este se permanece actualizado y relevante.