Café, Notícia

PERÚ| Cafetaleros de San Martín demandan medidas urgentes ante el COVID-19

Solidaridad, como miembro de la Mesa Técnica Regional de Café de San Martín, brinda su respaldo al pronunciamiento de la Mesa Técnica Regional de Café de San Martín en las demandas requeridas para mantener la cadena de abastecimiento del café, de la que se sustentan cerca de 50 mil personas en la región.

La región San Martín, representa el 25% de la producción nacional de café, posicionándose en el primer lugar de producción a nivel nacional. Es fuente de auto empleo de 50 mil familias sanmartinenses, la mayoría de ellos con acceso restringido a servicios básicos de calidad como agua potable, salud y desagüe, además de limitado usos de telefonía, internet y servicios financieros. La producción regional moviliza una economía de alrededor de U$D 150 000 000 (Ciento cincuenta millones de dólares). Siendo un commoditie, sus precios se manejan por la bolsa de valores, refiriéndose principalmente al café convencional, su precio en la presente semana (cuarta semana de marzo 2020) oscila entre 115 a 120 dólares/qq.

SITUACIÓN ACTUAL

El escenario mundial del sector cafetalero es preocupante; mientras los precios de café según las proyecciones realizadas, en momentos que busca su recuperación con respecto al año anterior, la OMS declara pandemia por COVID-19, que genera, por ejemplo la disminución del consumo de café principalmente en aerolíneas a nivel mundial del 90%, además del cierre temporal de cafeterías, centros de acopio, producción, comercialización, por las medidas de la emergencia sanitaria y aislamiento social, que han tomado alrededor de más de 200 países. Recogiendo información de los actores directos e indirectos que participan en la cadena de valor de café y dentro de la mesa técnica regional de café, quienes manifiestan lo siguiente:

1.- El calendario agrícola del café obliga al recojo de la producción para su proceso y comercialización.

2.- La escasa mano de obra para realizar esta actividad, ha sufrido una disminución de alrededor el 60%, lo que ha incrementado el jornal de 20.00 soles/día a 40.00 soles/día.

3.- Dificultad para el traslado de los pequeños productores desde los centros de producción a los centros de acopios. (PNP, Rondas Campesinas resguardan las entradas y salidas) (Mayoría de productores vienen acopiando en sus propias fincas, lo que a mediano plazo representa un deterioro de la calidad del café por malas prácticas).

4.- Gran parte de las cooperativas y asociaciones, son financiadas por Coopac Nor Andino, Rabobank, Alterfin, etc; quienes han paralizado sus actividades y por ende se ha detenido sus acciones. Lo que dificulta el normal funcionamiento de estas organizaciones. (Mayor parte de organizaciones paralizadas).

5.- Diferentes factores (Disminución de la mano de obra, lugares no aptos para almacenamiento, dificultad para el traslado de los productores, etc), están creando dificultades en las actividades de cosecha y post cosecha, que amenazan con la disminución de la calidad del café, abandono de fincas, y por ende, disminución de la dinámica económica del sector.

Frente a lo manifestado, y porque estamos convencidos de que el café es la principal y única actividad de muchas familias (alrededor de 50 mil productores en la región San Martín), se propone las siguientes acciones:

ACCIONES INMEDIATAS:
1.1. Se gestione, a través de la DRASAM, en coordinación con la PNP, Rondas Campesinas, Autoridades locales, el trámite del PASE DE TRÁNSITO ESPECIAL (Previa identificación por parte de las empresas, organizaciones de productores, proyectos públicos y privados de los productores y/o trabajadores que lo requieran), en base a lo dispuesto en el marco del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, que declara estado de emergencia nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del brote del COVID-19 y sus modificatorias; la Resolución Ministerial N° 232-2020-MTC/01.02 y la Resolución Ministerial 304-2020-IN; el transporte de carga y mercancías, así como sus actividades conexas, no se encuentra restringido durante el Estado de Emergencia. Del mismo modo, el numeral 8.3 del artículo 8 del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, señala que las autoridades competentes deben adoptar las medidas necesarias para garantizar el ingreso y salida de mercancías del país, por puertos, aeropuertos y puntos de frontera habilitados. Enfatizando los artículos N° 02 Y 08, que corresponde al MINAGRI, ha emitido disposiciones para asegurar la adquisición, producción y abastecimiento de alimentos lo que incluye su almacenamiento y distribución para la venta al público.

1.2. Se promueva una reunión de urgencia, entre la DIRES y GRDE/DRASAM, con la finalidad de VALIDAR la propuesta de PROTOCOLO PARA PREVENIR Y EVITAR LA PROPAGACIÓN DEL CODVID 19 EN EL SECTOR CAFÉ (Elaborado por la MTRC SM), que garanticen las operaciones en campo, permitiendo que los productores puedan cosechar y comercializar sus productos, en el marco de las medidas priorizadas como el distanciamiento social, lavado de manos, desinfección de los centros de producción y acopio, establecimiento de horarios según lo establecido por el gobierno central y así disminuir las aglomeraciones de personas, etc.

1.3. Se genere COMPROMISOS con las organizaciones que estén dispuestos a CUMPLIR A CABALIDAD las disposiciones establecidas en el PROTOCOLO, y además, sea la DRASAM a través de las ADEs y “Proyecto Café”, quienes garanticen el monitoreo de estas acciones, en coordinación con la DIRES.

1.4. Se elabore un plan de difusión (radial, televisivo, redes sociales, etc), del PROTOCOLO PARA PREVENIR Y EVITAR LA PROPAGACIÓN DEL COVID – 19 EN EL SECTOR CAFÉ, ya aprobado.

1.5. Se socialice y gestione, en coordinación con el GORESAM:
A) Título III del Decreto de Urgencia N° 033-2020, emitido en el contexto del estado de emergencia nacional como consecuencia del brote del COVID -19. Para ello, se debe difundir la Resolución de Superintendencia N° 063 2020/SUNAT que establece el plazo y modo en que los empleadores del sector privado a que se refiere el Título III del Decreto de Urgencia N° 033 2020 deben comunicar a la Sunat el código de cuenta interbancaria (CCI).

B) El acceso de organizaciones y empresas cafetaleras al Fondo de Apoyo Empresarial a la MYPE (FAE-MYPE) creada mediante Decreto de Urgencia N° 029-2020 con el objetivo de promover el financiamiento de las micro y pequeñas empresas (MYPE).

C) Acceso de productores cafetaleros en su calidad de trabajadores independientes el otorgamiento de subsidio monetario en el marco de la emergencia sanitaria COVID-19 establecido en el Decreto de Urgencia N° 033-2020. Para ello, se debe coordinar con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para que los consideren en la respectiva focalización siempre y cuando no hayan sido beneficiaria del subsidio previsto en el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 027-2020.

2. ACCIONES A MEDIANO Y LARGO PLAZO:
2.1. Fomentar el consumo interno, mediante diversas plataformas, articulando con los tres niveles de gobierno para su implementación y de esta manera, articular al mercado nacional y local a pequeños productores.

2.2. Solicitar al MINAGRI elaborar una propuesta integral de salvataje financiero y tributario de mediano plazo para la cadena de valor de café en respuesta a reducir los impactos negativos de la COVID 19 y a aprovechas las oportunidades futuras.

2.3. Exigimos la inmediata reactivación del Consejo Nacional del Café, dotándolo de roles ejecutivos y fondos operativos, a fin de reactivar la caficultura peruana, y de esta manera acabar con la caótica gestión pública en la promoción del café, que anualmente se estima se malgastan más de 200 millones de soles en los diversos niveles de gobierno (nacional, regional y local), según presupuestos reportados en el MEF. (Apoyando la propuesta de la JNC).

ATENTAMENTE, MIEMBROS DE LA MESA TÉCNICA REGIONAL DE
CAFÉ SAN MARTÍN

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